Banca de desarrollo
Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, las cuales forman parte del Sistema Bancario Mexicano y atienden las actividades productivas que el Congreso de la Unión determine como especialidades de cada una de éstas, en sus respectivas leyes orgánicas. Tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al ahorro y financiamiento a personas físicas y morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación.
Actualmente existen seis instituciones que constituyen el sistema de banca de desarrollo mexicano, con un amplio espectro en cuanto a los sectores de atención: pequeña y mediana empresa, obra pública, apoyo al comercio exterior, vivienda y promoción del ahorro y crédito al sector militar. Estas instituciones son:
1. Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN)
2.
Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS)
3.
Banco Nacional del Comercio Exterior, S.N.C. (BANCOMEXT)
4.
Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF)
5.
Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI)
6.
Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO)
Entidades de Fomento
Fideicomisos Públicos de Fomento
Los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal para el fomento económico que realizan actividades financieras cuyo objeto o finalidad principal sea la realización habitual y profesional de operaciones de crédito, incluyendo la asunción de obligaciones por cuenta de terceros, también forman parte del Sistema Bancario Mexicano y son publicados anualmente por la Procuraduría Fiscal de la Federación en el Diario Oficial de la Federación. Dichos fideicomisos públicos, que son sujetos a la supervisión de esta Comisión, son los siguientes:
Organismos de Fomento
Las entidades de fomento económico, la mayoría con personalidad jurídica y patrimonio propios (salvo el Fovissste), sujetas a la supervisión de esta Comisión conforme a sus respectivas leyes, son: