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Otros Participantes

1. Otros participantes

Son todas aquellas instituciones que coadyuvan al buen funcionamiento y operación del mercado de valores. Entre éstos podemos encontrar:

  • Bolsas de valores
  • Instituciones para el depósito de valores
  • Sociedades de inversión
  • Sociedades operadoras de sociedades de inversión
  • Sociedades valuadoras de acciones de sociedades de inversión
  • Sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión.
  • Instituciones calificadoras de valores
  • Organismos autorregulatorios
  • Contrapartes centrales y
  • Proveedores de precios
  • Empresas que administran sistemas para facilitar operaciones con valores

1.4.1 Bolsas de valores

Las bolsas tienen por objeto facilitar las transacciones con valores y procurar el desarrollo del mercado de valores al proveer la infraestructura necesaria para poner en contacto a oferentes y demandantes de los valores en ellas cotizados.

Para el caso de México, existe la Bolsa Mexicana de Valores S.A.B. de C.V. (BMV).

1.4.2 Instituciones para el depósito de valores

Su función principal es la custodia y administración de valores, así como facilitar la liquidación y compensación de operaciones celebradas con valores de deuda.

Para el caso de México, existe la S.D. Indeval Institución para el depósito de Valores, S.A. de C.V.

1.4.3 Sociedades de inversión

Las sociedades de inversión tienen por objeto la adquisición de valores y venta de Activos Objeto de Inversión con recursos provenientes de la colocación de las acciones representativas de su capital social entre el público inversionista, así como la contratación de los servicios y la realización de las demás actividades previstas en la Ley de Sociedades de Inversión.

Los Activos Objeto de Inversión son los valores, títulos y demás documentos a los que resulte aplicable el régimen de la Ley del Mercado de Valores inscritos en el Registro Nacional de Valores o listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones, otros valores, los recursos en efectivo, bienes, derechos y créditos, documentados en contratos e instrumentos, incluyendo aquéllos referidos a operaciones financieras conocidas como derivadas, así como las demás cosas objeto de comercio que de conformidad con el régimen de inversión previsto en la Ley de Sociedades de Inversión y en las disposiciones de carácter general que al efecto expida la Comisión para cada tipo de sociedad de inversión, sean susceptibles de formar parte integrante de su patrimonio.

De acuerdo con la Ley de Sociedades de Inversión éstas pueden ser de cuatro tipos:

    • Sociedades de inversión de renta variable;
    • Sociedades de inversión en instrumentos de deuda;
    • Sociedades de inversión de capitales, y
    • Sociedades de Inversión de objeto limitado.

Las sociedades de inversión de renta variable operan con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a acciones, obligaciones y demás valores, título o documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero.

Las sociedades de inversión en instrumentos de deuda operan exclusivamente con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a acciones o partes sociales, obligaciones y bonos a cargo de empresas que promueva la propia sociedad de inversión y que requieran recursos a mediano y largo plazo.

Las sociedades de inversión de capitales operan preponderantemente con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a acciones o partes sociales, obligaciones y bonos a cargo de empresas que promueva la propia sociedad de inversión y que requieran recursos a mediano y largo plazo.

Las sociedades de inversión de objeto limitado operan exclusivamente con los Activos Objeto de Inversión que definan en sus estatutos y prospectos de información al público inversionista.

1.4.4 Servicios que deben contratar las sociedades de inversión

Para el cumplimiento de su objeto, las sociedades de inversión deberán contratar los servicios que a continuación se indican:

  • Administración de activos de sociedades de inversión.
  • Distribución de acciones de sociedades de inversión.
  • Valuación de acciones de sociedades de inversión.
  • Calificación de sociedades de inversión.
  • Proveeduría de Precios de Activos Objeto de Inversión.
  • Depósito y custodia de Activos Objeto de Inversión y de acciones de sociedades de inversión.
  • Contabilidad de sociedades de inversión.
  • Administrativos para sociedades de inversión, y
  • Los demás que la Comisión autorice mediante disposiciones de carácter general.

 

1.4.5 Instituciones calificadoras de valores

Se trata de sociedades cuyo objeto es presentar una evaluación respecto al grado de riesgo relativo a la capacidad de pago de un emisor o una emisión de deuda en particular.

1.4.6 Organismos Autorregulatorios

Son organismos autorregulatorios del sector bursátil aquellos que tienen por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus miembros a fin de contribuir al sano desarrollo del mercado de valores (Artículo 228 de la Ley del Mercado de Valores (LMV)

Las bolsas de valores y las contrapartes centrales de valores, por ministerio de la LMV, tendrán el carácter de organismos autorregulatorios. Adicionalmente, contarán con el referido carácter aquellas asociaciones gremiales de intermediarios del mercado de valores o de asesores en inversiones que sean reconocidos por la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores ha reconocido como Organismo Autorregulatorio a la Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles. A. C. (AMIB), organización que agrupa a todas las casas de bolsa que operan en el país y las representa ante las autoridades reguladoras del mercado de valores.

El propósito de la AMIB es promover el crecimiento, desarrollo y consolidación de las casas de bolsa, propiciar las condiciones que favorezcan su sano y eficaz desempeño en el sistema financiero nacional e internacional, e inducir en sus agremiadas la adopción de estrictas medidas de autorregulación.

Por otra parte, la CNBV también reconoció a la Asociación Mexicana de Asesores Independientes de Inversiones, A.C. (AMAII) como un Organismo Autorregulatorio, cuyo fin es agrupar a los asesores independientes e inducirlos a adoptar un estándar mínimo de conducta para dar un mejor servicio a los inversionistas que asesoran.

1.4.7. Contrapartes Centrales

Una Contraparte Central es en general, una entidad que complementa los servicios de compensación y liquidación de operaciones de compraventa, en un mercado de activos financieros (Acciones, Derivados, Bonos, etc), su función principal es convertirse en deudora y acreedora recíproca de las operaciones originalmente pactadas en la Bolsa Mexicana de Valores. En otras palabras, se vuelve responsable de que el comprador obtenga los títulos que adquirió y que el vendedor obtenga el efectivo correspondiente.

En el caso de México la Contraparte Central de Valores solo presta sus servicios al mercado de capitales es decir acciones.

1.4.8. Proveedores de Precios

Los proveedores de precios son las entidades que se encargan de la prestación habitual y profesional del servicio de cálculo, determinación y proveeduría o suministro de precios actualizados para la valuación de valores, instrumentos financieros derivados en mercados reconocidos por las autoridades financieras o índices, así como de envío de información relacionada con dichas actividades. Este servicio lo prestan a las instituciones de crédito, casas de bolsa, sociedades de inversión, así como a las Afores y aseguradoras, entre otros.

1.4.9. Sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores

Son entidades que se encargan de difundir cotizaciones con el objeto de canalizar solicitudes u órdenes para llevar a cabo operaciones con valores, instrumentos financieros derivados y otros activos financieros, mediante la utilización de equipos automatizados o de comunicación.

2. Mercado de Derivados

Es el mercado organizado de futuros y opciones estandarizados, compensados y liquidados en una Cámara de Compensación (Asigna, Compensación y Liquidación), el cual es regulado por las Autoridades Financieras.

2.1 Participantes

La Bolsa.- La sociedad anónima que tiene por objeto proveer las instalaciones y demás servicios para que se coticen y negocien los Contratos de Futuros y Contratos de Opciones.

MexDer inició operaciones el 15 de diciembre de 1998 al listar contratos de futuros sobre subyacentes financieros.

Cámara de Compensación.- El fideicomiso que tenga por fin compensar y liquidar Contratos de Futuros y Contratos de Opciones, así como actuar como contraparte en cada operación que se celebre en la Bolsa. La cámara de compensación de MexDer es un fideicomiso que se denomina Asigna, Compensación y Liquidación.

MexDer y Asigna son entidades autorreguladas que funcionan bajo la supervisión de las Autoridades Financieras (SHCP, Banco de México y esta Comisión).

Operador.- Es aquella entidad que actúa como comisionista de uno o más Socios Liquidadores en la celebración de Contratos de Futuros y de Opciones teniendo acceso al Sistema Electrónico de Negociación del MexDer. Los Operadores pueden ser instituciones de crédito, casas de bolsa y personas físicas y morales.

Formador de Mercado.- Es un operador que debe mantener en forma permanente y por cuenta propia, cotizaciones de compra y venta de Contratos de Futuros y de Opciones.

Socio Liquidador.- Es el fideicomiso que es Socio de MexDer y que participa en el patrimonio de Asigna, teniendo como finalidad liquidar y, en su caso, celebrar por cuenta de Clientes, Contratos de Futuros y Contratos de Opciones operados en Bolsa.

Última modificación:
12/11/2010 18:52:41

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