1. Tratándose de programas de instrumentos de deuda con emisiones de corto y largo plazo, ¿deberá actualizarse el prospecto anualmente para realizar emisiones de corto plazo al amparo de dicho programa?
Si. Aun y cuando la propia Ley del Mercado de Valores no obliga a preparar el prospecto de colocación o suplemento informativo al prospecto a las Emisoras de valores representativos de un pasivo a su cargo, con vencimiento igual o menor de un año toda vez que la emisión se realizaría al amparo de un programa que si requiere de un prospecto vigente por conjuntar emisiones de corto y largo plazo.
2. ¿Puedo presentar una solicitud de inscripción de valores con carácter de confidencial?
Si, sin embargo para llevar a cabo la inscripción y/u oferta pública de valores, los Emisores deben poner a disposición del público inversionista, la información relevante y demás documentación con al menos 10 días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de la oferta pública. Tratándose de instrumentos de deuda con plazo mayor de un año, la información deberá estar disponible con al menos 5 días hábiles previos a la oferta pública, mientras que para instrumentos de deuda con plazo igual o menor de un año, debe estar disponible con al menos 2 días hábiles de anticipación.
3. ¿Qué se requiere para listar a una empresa en la Bolsa Mexicana de Valores?
Cualquier empresa que pretenda listar valores en la BMV, deberá obtener la inscripción en el Registro Nacional de Valores cumpliendo con los requisitos establecidos al efecto en la Ley del Mercado de Valores y las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores. Al mismo tiempo, deberá tramitarse el listado en la Bolsa Mexicana de Valores, cuyos requisitos deberán revisarse con dicha bolsa.
4. ¿Cuanto tiempo tarda la inscripción de nuevos valores en el RNV?
Depende de la complejidad y cumplimiento a las disposiciones en cada trámite. Tratándose de un valor quirografario, la primera revisión es de aproximadamente 3 semanas para dar observaciones a los documentos, cada revisión adicional será de entre una y dos semanas, una vez que se hayan superado todos los comentarios se procede a la autorización de la inscripción de los valores.
5. ¿Qué documentos son estrictamente necesarios para iniciar la revisión de un trámite sin ser devuelto al promovente?
Para la autorización de inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores, deberá darse cumplimiento a la entrega de todos los documentos requeridos en los tiempos establecidos por las disposiciones aplicables, sin embargo, puede iniciarse la revisión siempre que se contengan las características claras de la operación y se entregue la solicitud y opinión legal debidamente suscritas, prospecto de colocacación y pago de derechos.
6. ¿Qué son los Certificados de Capital de Desarrollo?
El mercado de valores ha denominado Certificados de Capital de Desarrollo (CECADES o CCD's) a los títulos fiduciarios a que se refiere el artículo 7o., fracción II, inciso c) de las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores, los cuales otorgan derecho a participar en una parte de los frutos o rendimientos; de los bienes o derechos, o de la venta de los bienes o derechos que formen parte del patrimonio fideicomitido, hasta el valor residual de los mismos, con el objeto de destinarlos a la inversión que permita el desarrollo de actividades o la realización de proyectos de una o varias sociedades, o bien, la adquisición de títulos representativos de capital social.
7. ¿Qué son los contratos de futuros?
Son contratos que obligan a las partes a comprar y vender cierta cantidad de activo subyacente a un precio y a una fecha futura preestablecida.
8. ¿Qué son las opciones?
Son contratos que otorgan a su tenedor el derecho de comprar (Opción de compra o Call) o de vender (Opción de venta o Put) cierta cantidad de un activo subyacente, a un precio y durante un plazo previamente convenido. Por ese derecho el comprador de una opción para una Prima. La Contraparte recibe la prima y se compromete a realizar la compra o venta del activo subyacente en las condiciones pactadas.
9. ¿Cuales son los distintos tipos de opciones?
Existen 2 tipos de opciones de acuerdo con los derechos que otorgan:
Opción de compra o Call.- le otorga a quien lo adquiere el derecho, más no la obligacíón, de comprar un cierto número de unidades de un activo subyacente específico a un precio fijo (precio de ejercicio) dentro de un plazo establecido. Este tipo de opciones permiten al adquirente beneficiarse si aumenta el precio del activo subyacente, limitando al mismo tiempo su pérdida al monto de la prima, si dicho precio disminuye.
Opción de venta o Put.- le otorga a quien lo adquiere el derecho, más no la obligación, de vender un cierto número de unidades de un activo subyacente específico a un precio fijo (precio de ejercicio), dentro de un plazo establecido. Este tipo de opciones permiten al adquirente beneficiarse si disminuye el precio del activo subyacente, limitando al mismo tiempo su pérdida al monto de la prima si dicho precio aumenta.
10. ¿Qué instrumentos derivados listados son los que se negocian en la actualidad?
Contratos de futuros:
- Dólar de los Estados Unidos de América
- EuroÍndice del Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores
- TIIE de 28 días
- CETES de 91 días
- Bono de 3 años
- Bono de 10 años
- Bono de 20 años
- UDISwap de TIIE 10 años
- Swap de TIIE 2 años
- Acciones de América Móvil, Cemex, Femsa, GCarso, Telmex y Walmex
Contratos de Opción:
- Futuro de Índice de Precios y Cotizaciones de la Bolsa Mexicana de Valores
- Acciones: América Móvil, Cemex, GMéxico, Naftrac, Tlevisa y Walmex
- Exchage Traded Funds (ETF´s)
- Dólar de los Estados Unidos de América.