| ¿Qué es el CONAIF? El Consejo Nacional de Inclusión Financiera es el organismo de consulta, asesoría y coordinación entre las autoridades financieras del país que tiene como objetivo, formular, poner en marcha y dar seguimiento a la Política Nacional de Inclusión Financiera. |
APRUEBAN POLÍTICA NACIONAL DE INCLUSIÓN FINANCIERA
El Consejo Nacional de Inclusión Financiera celebró el pasado 15 de junio, su décima sesión ordinaria en la que aprobó por primera vez en México una Política Nacional de Inclusión Financiera.
También se aprobó la creación de una estructura de coordinación que tiene por objeto establecer los programas y acciones específicas para el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional. Y se estableció un marco de seguimiento y evaluación de la Política, con el fin de determinar que se alcancen los objetivos planteados.
La visión de la política es “lograr que todos los mexicanos, sin distinción alguna, sean partícipes de los beneficios que genera el sistema financiero, mediante estrategias concretas y coordinadas adecuadamente entre los distintos actores de los sectores público y privado, en un marco que procure la solidez y la estabilidad del sistema financiero”.
La Política Nacional de Inclusión Financiera se dio a conocer en el marco del Segundo Foro Internacional de Inclusión Financiera, el evento fue encabezado por el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, el martes 21 de junio y tuvo como invitada de honor a la Representante Especial de las Naciones Unidas para el Financiamiento Inclusivo, S.M. la Reina Máxima de los Países Bajos. Haz click aquí
Cómo se crea
El 3 de octubre de 2011 se crea por decreto presidencial. Haz click aquí
El 10 de enero de 2014, en el marco de la Reforma Financiera se establece en la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras (Capítulo III, Artículo 183 al 187). Haz click aquí
Miembros del CONAIF
El Secretario de Hacienda y Crédito Público.
El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público.
El Presidente de la Comisión Nacional de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
El Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
El Presidente de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.
El Secretario Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario.
El Tesorero de la Federación.
El Gobernador del Banco de México, así como un Subgobernador del Banco de México.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores es el Secretario Ejecutivo del CONAIF.
Funciones del CONAIF
I. Conocer, analizar y formular propuestas respecto de las políticas relacionadas con la inclusión financiera
y emitir opiniones sobre su cumplimiento;
II. Formular los lineamientos de Política Nacional de Inclusión Financiera;
III. Proponer criterios para la planeación y ejecución de las políticas y programas de inclusión financiera en
los ámbitos federal, regional, estatal y municipal;
IV. Determinar metas de inclusión financiera de mediano y largo plazos;
V. Coordinar con el Comité de Educación Financiera, presidido por la Subsecretaría de Hacienda y Crédito
Público, las acciones y esfuerzos en materia de educación financiera;
VI. Proponer los cambios necesarios en el sector financiero, de conformidad con los análisis que se realicen
en la materia, así como del marco regulatorio federal, de las entidades federativas y de los municipios;
VII. Proponer esquemas generales de organización para la eficaz atención, coordinación y vinculación de las
actividades relacionadas con la inclusión financiera en los diferentes ámbitos de la Administración
Pública Federal, con las entidades federativas y los municipios, y con el sector privado del país;
VIII. Establecer mecanismos para compartir información referente a inclusión financiera entre dependencias y
entidades públicas que realizan programas y acciones relacionados con la inclusión financiera;
IX. Obtener información del sector privado sobre programas y acciones relacionados con la inclusión
financiera;
X. Emitir los lineamientos para la operación y funcionamiento del Consejo, y
XI. Las demás que sean necesarias para la consecución de su objeto.
El Consejo Nacional de Inclusión Financiera deberá respetar en todo momento las facultades y atribuciones
que el marco legal otorga a cada una de las autoridades a las que representen.
Última modificación: 30/06/2016