- 1. ¿Qué es un Asesor de Inversiones?
Los Asesores en Inversiones son personas físicas y morales que sin ser intermediarios del mercado de valores proporcionan de manera habitual y profesional servicios de administración de cartera de valores tomando decisiones de inversión a nombre y por cuenta de terceros, otorgando de manera habitual y profesional asesoría de inversión en valores, análisis y emisión de recomendaciones de inversión de manera individualizada.
- 2. ¿Los Asesores en Inversiones tienen la obligación de estar registrados ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores?
Sí. El artículo 225 de la Ley del Mercado de Valores establece que para ser Asesor en Inversiones se requiere registrarse ante la Comisión. Para ello, las personas físicas deberán acreditar que cuentan con honorabilidad e historial crediticio satisfactorio, en términos de las disposiciones de carácter general que expida la propia Comisión, así como contar con certificación ante un organismo autorregulatorio. Por su parte, las personas morales deberán ser sociedades anónimas en términos de la Ley General de Sociedades Mercantiles y ajustarse a requisitos tales como que en su objeto y estatutos sociales se prevea la realización de estas actividades, que cuenten con establecimientos físicos destinados exclusivamente a la realización de su objeto social, entre otros.
A partir de la fecha en la que los Asesores en Inversiones realicen el registro ante la Comisión a que se refiere el segundo párrafo del artículo 225 de la Ley del Mercado de Valores, la Comisión ejercerá en exclusiva las facultades de supervisión de los Asesores en Inversiones en materia de prevención y detección de actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos previstos en los artículos 139 o 148 Bis del Código Penal Federal o que pudieran ubicarse en los supuestos del artículo 400 Bis del mismo Código
Los Asesores en Inversiones que actualmente ya ejercen funciones como tales, deberán realizar su registro ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores antes del 10 de enero de 2015.
- 3. ¿Qué aspectos debo considerar al contratar los servicios de un Asesor en Inversiones?
Para poder contratar los servicios de un Asesor en Inversiones, el cliente debe tener una cuenta o contrato de intermediación bursátil con un intermediario facultado para realizar operaciones en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y proveer al Asesor en Inversiones con un mandato que le faculte girar instrucciones a nombre de sus clientes, o bien, estar autorizados al efecto en el contrato de intermediación bursátil. Las operaciones con valores ordenadas por el asesor deben quedar documentadas a nombre del cliente. Los asesores tienen prohibido recibir en depósito, en administración o custodia, o bien en garantía, dinero o valores que pertenezcan a sus clientes, salvo tratándose de las remuneraciones por la prestación de sus servicios.
Las obligaciones y prohibiciones de los Asesores en Inversiones se establecen en los artículos 226 y 227 de la Ley del Mercado de Valores (LMV). Si desea consultarlos, favor de ingresar al menú Sector Bursátil, seleccionar la opción Normatividad y dar click en la LMV.
- 4. ¿Cuál es la diferencia entre un Apoderado para celebrar operaciones con el público y un Asesor en Inversiones?
El Apoderado atiende al público por cuenta de una institución financiera, quien le confiere el poder correspondiente para celebrar con el público operaciones con valores en cumplimiento de contratos de intermediación bursátil y la institución financiera es la que le paga una remuneración al apoderado.
El Asesor en Inversiones (persona física o moral) establece un vínculo directo con el inversionista, quien le otorga un poder especial o un mandato, para ordenar la ejecución de operaciones con valores a su nombre. En este caso el inversionista paga al asesor una remuneración por sus servicios.
- 5. ¿Qué preguntas debería hacer a la hora de elegir un Asesor de Inversiones?
Antes de contratar el servicio profesional de un Asesor en Inversiones, usted debe saber exactamente cuáles son los servicios que necesita, los servicios que el profesional puede ofrecer, cuáles son los servicios que está pagando, cuánto cuestan los servicios y la manera en la que el asesor en inversiones es remunerado. Estas son algunas de las preguntas que se aconsejan hacer al contratar a cualquier Asesor en Inversiones:
• ¿Qué experiencia tiene usted, especialmente con gente que tiene el mismo horizonte de inversión que yo?
• ¿Qué preparación técnica tiene usted? ¿Cuál es su historia reciente de empleo?
• ¿Está usted certificado por la Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles (AMIB) y autorizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores?
• ¿Qué productos y servicios ofrece?
• ¿Está usted limitado a recomendarme sólo un número específico de productos o servicios? Si es así, ¿por qué?
• ¿Cómo se le paga por sus servicios? ¿Cuál es su tasa habitual por hora, tarifa plana, o comisión?
• ¿Alguna vez ha sido sancionado por cualquier regulador financiero por haber realizado alguna conducta no ética o incorrecta, o ha sido demandado por un cliente que no estaba contento con el trabajo que usted realizó?
- 6. ¿Cómo se remunera a los asesores de inversión?
Antes de contratar a un asesor de inversiones debe asegurarse de entender cómo se remunera a esa persona por sus servicios. Los asesores de inversiones generalmente cobran por sus servicios determinando mensualmente un porcentaje del valor de los activos que manejan para usted. Sin embargo, un asesor en inversiones podría cobrar por sus servicios en cualquiera de las siguientes maneras:
• Una tarifa por hora por el tiempo que dedican a trabajar para usted;
• Una cuota fija;
• Una comisión por los títulos que se operan como resultado de su asesoría;
• Una combinación de las anteriores.
Cada método de compensación tiene posibles beneficios y desventajas, dependiendo de sus necesidades individuales. Pregunte a los asesores de inversiones que entreviste para que le expliquen las diferencias antes de hacer negocios con ellos, y obtener varias opiniones antes de tomar su decisión.
- 7. ¿En dónde se puede verificar si un Asesor en Inversiones o alguno de sus empleados ha sido sancionado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores?
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores publica a través de su página de internet las sanciones que impone a personas físicas y personas morales. Si deseas consultar favor de acceder al menú Prensa y dar click en sanciones.