Es un coeficiente que representa la fortaleza financiera de una institución para soportar Pérdidas no Esperadas por los riesgos en los que incurre.
El coeficiente de capital se obtiene dividiendo el capital neto entre los activos ponderados por su nivel de riesgo.
Su cálculo es el siguiente:
Índice de capitalización (ICAP) = (CN/ASRT) X 100
En donde:
CN = Capital Neto de la Institución = Capital Básico + Capital Complementario
Capital Básico = Capital Fundamental + Capital Básico No Fundamental
Capital Fundamental = Integrado por los principales conceptos del capital contable ajustado con la resta de diversos conceptos conforme a la fracción I del artículo 2 Bis 6 de las Disposiciones.
Capital Básico No Fundamental = Integrado principalmente por instrumentos de capital, conforme a la fracción II del artículo 2 Bis 6 de las Disposiciones.
Capital Complementario = Integrado por instrumentos de capital no considerados en la determinación del Capital Básico, así como las reservas generales, conforme al artículo 2 Bis 7 de las Disposiciones.
ASRT = Activos ponderados sujetos a riesgo totales, que se definen como la suma de los activos ponderados sujetos a riesgo de crédito (ASRC), mercado (ASRM) y operacional (ASRO).
En México, el índice de capitalización mínimo es de 8%. Sin embargo, debido a restricciones establecidas en el cálculo del capital Neto, los bancos para mantenerse sin algún tipo de medida correctiva, deben cumplir con los siguientes niveles:
a) Coeficiente de Capital Básico = (Capital Fundamental + Capital Básico No Fundamental)/ ASRT ≥ 8.5%
b) Coeficiente de Capital Fundamental = Capital Fundamental / ASRT ≥ 7%
c) ICAP ≥ 10.5%:
Para mayor detalle consultar las Disposiciones.